1.- Haces 90 horas extraordinarias este año. De ellas 3 son por fuerza mayor y 20 son retribuidas por descanso en los 4 meses siguientes, ¿se ha cometido alguna ilegalidad?
2.-Tu jefe te dice que, como hoy ha venido poca gente al restaurante, te puedes ir, y que te va a contar como un día menos de vacaciones? ¿Puede -legalmente- hacerlo?
3.- Busca de nuevo el convenio colectivo de hostelería y de hospedaje de la Comunidad de Madrid, ¿Qué normas específicas contiene respecto de la jornada laboral de los trabajadores?
martes, 22 de octubre de 2013
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario